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ACTA NOTARIAL
NUMERO SETENTA Y SIETE. Yo, WILLY HERNANDEZ CHAN Notario Público de
San José me apersono a solicitud de ésta, a las Instalaciones de la Empresa LENTES DE COSTA RICA S.A sita en la
Provincia de San José, la Uruca de la Pozuelo cincuenta metros oeste, a efectos
de verificar la realización de la rifa que efectuará dicha Compañía de un
equipo médico. Apersonado al lugar procedí a revisar la numeración la cual
corría del número uno al número doscientos y de los cuales constaba un listado
de los números vendidos a particulares ( personas físicas ) y ópticas (
personas jurídicas ), listado que mostraba los números del uno al número
sesenta y cinco vendidos a particulares salvo el número cuarenta y dos que
había sido declarado nulo y el resto de números, o sea, del sesenta y seis al
doscientos vendidos a la misma Empresa Lentes de Costa Rica, quien había
asumido la compra de los números no comercializados ante terceros. Dentro de
esta numeración constaba que por errores de impresión habían sido declarados
como nulos los números Cuarenta y dos, Noventa y dos y Ciento cuarenta y dos.
Revisados los números uno por uno se pudo constatar por parte del suscrito y
los testigos que se dirán, que se encontraban dentro del recipiente utilizado
como “tómbola” la totalidad de números que se habían puesto a la venta, salvo
los tres números anteriormente mencionados y que fueron anulados. Una vez
verificada la correcta operatividad de la rifa, se procedió a llamar a la
señorita ARIANNE CALDERON SANDOVAL
portadora de la cédula de identidad número uno – mil cuarenta y cuatro – cien
para que sacara, a la suerte, el número que resultaría ganador del equipo
médico. La señorita CALDERON SANDOVAL procedió
conforme y sacó el número Setenta y cuatro resultando ganadora la Empresa
Lentes de Costa Rica quien, como se indicó anteriormente, había adquirido la
totalidad de números que habían sido comprados por algún tercero incluyendo en
consecuencia el número ganador. Presentes en éste acto las señoritas LILLIANA CECILIANO ARCE portadora de la
cedula de identidad número uno – novecientos trece – setecientos sesenta y dos
y KARLA MATARRITA ROSALES portadora de la cédula de identidad número uno
– ochocientos noventa y cuatro – cuatrocientos veintidos, en sus respectivas
calidades de testigos instrumentales, manifiestan que habiendo estado presentes
en el levantamiento de la presente acta notarial, la misma coincide con lo
consignado y fue realizada sin mediar presión o coacción alguna. ES TODO.
Expido un primer testimonio para la Compañía solicitante. Leída esta escritura
a los presentes resulta conforme, la aprueban y juntos firmamos en la ciudad de
San José a las diecisiete horas treinta minutos del dieciséis de julio del dos
mil siete.
*****ILEGIBLE*****ILEGIBLE****ILEGIBLE******
Lo
anterior es copia fiel y exacta de la escritura número Setenta y siete, visible
al folio Setenta y dos vuelto del tomo Undécimo del protocolo del suscrito
Notario. Confrontada con su original resultó conforme y la expido como un
primer testimonio una hora después de haberse firmado la principal.
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